No obstante, las defensas podrán recurrir nuevamente ante Casación.

Lavado II: la Cámara Federal confirmó las preventivas de Aída Ayala y el resto de los procesados.

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08/01/2019 | 21:48

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó, por unanimidad, la medida dispuesta por la jueza federal Zunilda Niremperger respecto a la diputada nacional de Cambiemos, que, previamente, deberá ser desaforada por la Cámara de Diputados de la Nación. También se ratificó para los casos de Sampayo y los empresarios Fischer, Acuña, Huidobro y Martínez. La causa quedó a un paso del juicio oral.

El 27 de diciembre pasado, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal había anulado una resolución anterior y le requirió al tribunal de alzada con sede en Resistencia que analice y fundamente el dictado de la prisión preventiva para cada uno de los imputados. Este martes, pocos días después de aquel fallo, con la firma de Eduardo Belforte, María Delfina Denogens y Rocío Alcalá, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ratificó la decisión y los imputados deberían continuar detenidos hasta la realización del juicio oral en el que serán juzgados por el delito de lavado de activos. No obstante, las defensas podrán recurrir nuevamente ante Casación para que analice si, esta vez, el dictado de las prisiones preventivas se encuentra fundado.

Vale recordar que el mismo 27 de diciembre, Casación confirmó los procesamientos y los embargos contra Aída Ayala, Jacinto Sampayo, Rolando Acuña, Alejandro Fischer, Carlos Huidobro y Pedro Martínez y dejó la causa a un paso del juicio oral.

“Riesgo cierto de elusión” de la justicia

Entre los fundamentos para ratificar la prisión preventiva de la diputada nacional por Cambiemos, el fallo menciona “la gravedad de los ilícitos y el rol atribuido a Aída Ayala en ellos, la participación en forma organizada, el grado de probabilidad arribado en esta instancia en relación a la hipótesis delictiva, así como la trascendencia social e institucional de los hechos cometidos en el seno de esta ciudad; su complejo modus operandi, y la capacidad económica y operativa acreditada en autos, como circunstancias que denotan el riesgo cierto de elusión de la nombrada del accionar de la justicia”.

Subraya el fallo, además, que “contrariamente a lo invocado por la defensa, el cargo que
ocupó la encartada, y el que ocupa hoy en día (Diputada Nacional) la colocaría –como
afirma la Juzgadora– en posición de afectar el decurso del proceso, ya que cuenta con
conocimientos y relaciones personales suficientes para la obstaculización del trámite en
la etapa procesal de juicio, como ser la recepción de testimoniales durante el debate”.

Los camaristas consideraron que esos argumentos, sumados a la necesidad de garantizar que Ayala comparezca en un futuro juicio y que no obstruya la investigación, “tornan desaconsejable, por el momento, revertir el dictado de prisión preventiva en esta etapa del proceso”.

Sampayo mantiene su “influencia” a pesar de haberse jubilado

Para el caso de Sampayo se citan los mismos fundamentos teniendo en cuenta, además, que el secretario general del sindicato de Trabajadores Municipales de Resistencia está procesado junto a Ayala como presunto jefe de una “asociación ilícita de carácter estable y permanente, producto del acuerdo de voluntades entre ellos en primer término, y luego por intermedio de personas de su más íntima confianza y lealtad (principalmente Carlos Alberto Secundino Huidobro, Daniel Alejandro Fischer y Pedro Alberto Martínez), con la finalidad de apoderarse ilegítima y deliberadamente de fondos provenientes del erario de la Municipalidad de Resistencia asignados para el cumplimiento de los servicios específicos a su cargo”.

Respecto del gremialista, puntualizaron que a pesar de lo sostenido por la defensa de que se acogió al beneficio de la jubilación ordinaria y que con eso desaparecían los riesgos de entorpecimiento de la investigación porque ya no ejercería influencia dentro del ente municipal, el fallo subraya que “resulta público y notorio –a poco de confrontar los medios de prensa y el diario accionar de grupos autoconvocados– la influencia que ejerce aún hoy el nombrado en sectores vinculados al investigado, contando con conocimientos y relaciones personales suficientes para obstaculizar el trámite del proceso en etapa de juicio”.

Por último consideraron que el tiempo de detención -nueve meses- no deviene irrazonable en relación a la complejidad de la causa por lo que resolvieron confirmar la prisión preventiva.

El resto de los procesados

Los miembros de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia también analizaron la situación de cada uno del resto de los procesados y, teniendo en cuenta los roles que cada uno de ellos habría desempeñado en la organización delictiva investigada y que los procesamientos fueron ya confirmados por la Cámara Federal de Casación Penal, concluye, con las particularidades de cada caso, que en caso de ser liberados podrían eludir la acción de la justicia.

En el caso de Fischer, los camaristas advierten que “se estableció la vinculación del nombrado con la ex Intendente Aída Ayala y su actuación interpósita para el logro de las finalidades propuestas. En ese contexto se remarcaron las irregularidades y vicisitudes en el marco de procesos licitatorios de diferentes empresas con el organismo municipal y su conexión con las mismas, su crecimiento económico durante el mandato de la arriba nombrada y la realización de complejas operaciones financieras al efecto de introducir tales fondos al mercado financiero”. Similar es la situación de Rolando Acuña, quién se desempeñó como director de la firma PIMP SA.

En tanto, respecto de Huidobro y Martínez el fallo sostiene que se encuentra acreditado que ambos actuaron como “socio oculto o prestanombre para el giro comercial de algunas de las empresas involucradas, participando de los beneficios y actividades lucrativas de las mismas”.

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