El Superior Tribunal de Justicia entiende conveniente poner en conocimiento público que, por Acuerdo Nº 3551 del 24 de septiembre de 2019 -Punto Sexto-, resolvió recordar a los trabajadores judiciales que, conforme a las exhortaciones realizadas con anterioridad y en caso de efectivizarse medidas de fuerza, se realizarían los descuentos de haberes por falta de prestación del servicio.
Desde entonces, se han venido efectuando tales descuentos y se recomendó a los organismos jurisdiccionales y reparticiones administrativas cumplimentar las guardias mínimas establecidas por Acuerdo Extraordinario Nº 9 del 27 de marzo de 2014.
Si bien el Superior Tribunal de Justicia entiende que existe un deterioro económico de las remuneraciones, que acentuó aún más la posición que la Provincia del Chaco ocupa como una de las provincias con peores salarios judiciales, situación que recientemente tuvo reconocimiento expreso por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la sentencia “Alonso de Martina, Marta Inés y otros s/amparo” del 12 de noviembre de 2019, hace saber que se continúa gestionando con los Poderes Legislativo y Ejecutivo para tratar de arribar a una solución.
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