Solicita a la comunidad la responsabilidad individual para fortalecer la prevención y evitar la propagación del virus

El gobierno municipal de Las Breñas dispuso medidas tendientes a minimizar riesgos de circulación de Coronavirus

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13/03/2020 | 12:38

En la mañana de este viernes el municipio de Las Breñas realizó una conferencia de prensa donde dio a conocer la Resolución N 129/2020 por la que determina la instrumentación de medidas preventivas a los fines de evitar la circulación del Coronavirus

El intendente municipal acompañado por los funcionarios de gabinete dio a conocer la norma que surge ante la reciente declaración de “Pandemia Mundial”, por parte de la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.), el Decreto de Necesidad y Urgencia declarando “Emergencia Sanitaria Nacional” dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, y el Decreto Nº 368 de fecha 9 de Marzo de 2020, por el cual se instrumentan medidas de actuación en el territorio Chaqueño, sancionado por el Poder Ejecutivo de la Provincia, en relación a la presencia, acción y propagación mundial del “CORONAVIRUS – COVID 19”.

La medida resulta del progresivo y alarmante avance mundial del coronavirus, donde desde diferentes estamentos sanitarios y gubernamentales, se han activado procedimientos preventivos y de acción directa respecto a llevar claridad y contención de las comunidades.

La provincia del Chaco registra pacientes con afectación del virus, como también decenas de pacientes con probabilidades de contagio cuyos cuadros han sido sometidos a estudios epidemiológicos en centros especializados de la Ciudad de Buenos Aires por ello entre las medidas dadas a conocer por el Secretario de Gobierno Dante Stach, quien dio lectura a la parte resolutiva, están La restricción total de realización de espectáculos públicos cuyo desarrollo se hayan sujeto a la autorización municipal, es decir que a partir de la presente norma deja suspendida y/o revoca toda habilitación que pudiera haber sido extendida con anterioridad a la fecha y no habrá nuevas habilitaciones.

El alcance de esta medida, refiere a la realización de eventos sociales de cualquier naturaleza, de convocatoria masiva.

Frente a esta medida restrictiva de competencia Municipal, se requerirá la participación de las Fuerzas Policiales de la ciudad para constatar, verificar o proceder a la suspensión o clausura del lugar que haya actuado contrario a la presente disposición.

Se suspenden transitoriamente la totalidad de las actividades de índole cultural, deportiva u otras que se venen desarrollando bajo tutela de la Institución Municipal, tales como: Escuela de Formación Musical, Banda de Música; Escuela de Danzas Internacionales; Espacio de Primera Infancia (EPI), Escuela de Formación Deportiva, asistencia masiva a Museo del Inmigrante.

Asimismo se ordena a la Secretaría de Promoción y Desarrollo Social, la suspensión de los traslados habituales en el vehículo de transporte municipal hacia centros sanitarios de la Provincia, con excepción de situaciones o pacientes de alta complejidad, cuya procedencia será analizada por la Secretaría correspondiente. La medida se hace extensiva a requerimiento de Instituciones del medio.

También se implementen medidas preventivas, respecto a al Servicio de Comedores Infantiles que brinda el Municipio, Residencia de Ancianos, evitando la concentración de personas en espacios reducidos. Se podrán adoptar medidas alternativas de provisión de viandas o raciones alimentarias.

Asimismo se lleva adelante un proceso de revisión y organización de los recursos humanos que desarrollan labores en la Administración y Obrador Municipal, racionalizando la presencia o agrupamiento de Empleados Municipales en un mismo espacio y tiempo.

Se solicita a miembros de la Comunidad de Las Breñas, la indispensable colaboración humanitaria que se requiere en este trance de nivel preventivo, apelando desde la Institución Municipal a adoptar medidas, acciones y hábitos que establece el protocolo de higiene y salubridad indicados a través de la Autoridad Sanitaria Local, Provincial y Nacional, manifestando actitudes de conciencia social, comunitaria e individual.

En tal sentido se requiere la contribución de los Centros Comerciales de la ciudad; Congregaciones Religiosas, Bares, Restaurantes, Clínicas y Sanatorios, Gimnasios, en cuanto a la organización y realización de reuniones sociales de carácter privado.

La resolución requiere a la comunidad breñense en su conjunto, tomar verdadera conciencia de la situación de alerta que debemos atender, comprender y actuar consecuentemente. Resulta primordial para este proceso de contención sanitaria que se pretende contribuir desde la institución Municipal, el apego a la habitualidad de los procedimientos de higiene recomendados sanitariamente y el especial resguardo, atención y cuidado a personas adultas mayores o en situación de riesgo.

Se solicita a la ciudadanía que frente a cuadros o síntomas “sospechosos” de afección, (personas que presenten fiebre, y uno o más síntomas respiratorios – tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria – y que además, en los últimos días tengan historial de viaje a zonas afectadas o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de COVID-19) se informe o consulte telefónicamente al 0800-444-0829 de manera inmediata para su determinación o estudio correspondiente.


El presente Instrumento, podrá ser objeto de rectificación o ratificación por parte de la Municipalidad de Las Breñas, conforme al progreso y evaluación de la situación sanitaria imperante, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Orgánica Municipal y demás Legislación vigente, en razón de la circunstancia extraordinaria que representa la Emergencia Sanitaria Nacional declarada por el Poder Ejecutivo Nacional.

Se remitirá copia del Instrumento, al Concejo Deliberante de la ciudad, al Ministerio de Salud Pública de la Provincia del Chaco, a las Autoridades Sanitarias de Las Breñas, a la Jefatura de Policía de la Ciudad, a la Junta Departamental de Defensa Civil, al Poder Judicial que corresponda, Juzgado de Faltas Municipal, y/o toda otra dependencia que, en razón de su competencia, así amerite, propiciando el efectivo cumplimiento de acciones que involucran el interés y seguridad general.

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