La AFIP dispuso hoy que los contribuyentes con embargos promovidos por la acción del Fisco, podrán cancelarlos con el dinero retenido por la Justicia. Esa medida habilita al pago parcial o total de las deudas embargadas en forma inmediata.
La decisión se tomó a través de una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Esa medida habilita al pago parcial o total de las deudas embargadas en forma inmediata.
Hasta ahora, el contribuyente con fondos embargados debía recurrir a otros recursos para poder levantar el embargo.
Pero la flexibilización de los embargos, una medida que la AFIP había sumado a la reforma tributaria aprobada a fines de 2017, incorpora la figura de la "dación en pago", mecanismo que permite utilizar los fondos embargados para
cancelar el embargo.
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