A comienzos de diciembre, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció un nuevo sistema para la aprobación de alimentos para animales y de establecimientos elaboradores de esos productos.
El objetivo de las Resoluciones 1415 y 1416 -publicadas en el Boletín Oficial- fue que el sector productivo nacional pueda operar en tiempos y condiciones internacionales.
Tras conocerse esa medida, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, celebró la medida. En sus redes sociales, destacó que “las resoluciones del Senasa publicadas hoy (por el jueves 5 de diciembre) inauguran un cambio revolucionario en el funcionamiento del organismo”.
En este marco, la Cámara Argentina de Empresas de Nutrición Animal (Caena) tuvo un rol destacado en la creación de estas normativas, que reemplazaron a la Resolución 594/15.
“Estas nuevas reglas de juego, basadas en declaraciones juradas y fiscalización inteligente, autorizan la importación, exportación, depósito y elaboración de productos destinados a la alimentación animal de un modo más ágil” expresó Juan Pablo Ravazzano, presidente de Caena.
Y agregó: “Esto permite reducir los excesivos costos regulatorios que el sector venía soportando desde hace más de 20 años”.
Desde la perspectiva del directivo, las regulaciones anteriores fomentaban la burocracia y no garantizaban mejoras en los procesos productivos ni en la inocuidad de los alimentos.
“De esta manera, se cumple con una demanda histórica de la industria relacionada con la reducción de costos innecesarios”, afirmó Ravazzano.
QUÉ DICE LA MEDIDA DEL SENASA
Puntualmente, la Resolución 1415/24 fija los requisitos para la habilitación automática, simplificada y completa por declaración jurada para productos, que se realizará online a través del Sistema Integral de Gestión de Trámites (SIG Trámites) del Senasa.
En tanto, la Resolución 1416/2024 estipula que los establecimientos elaboradores, fraccionadores y depósitos de productos destinados a la alimentación animal serán autorizados a operar a través de una nueva plataforma que facilitará la operatoria del usuario solicitante como del organismo oficial.
El sistema anterior es reemplazado así por una fiscalización ex post, en la cual el Senasa controlará in situ el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), manifestadas en cada declaración jurada.
Además, en las nuevas resoluciones, se elimina la obligación de renovar los certificados de Uso y Comercialización y las habilitaciones de depósitos y plantas elaboradoras cada diez años.
De este modo, entrarán en vigencia unas autorizaciones de funcionamiento, otorgadas luego de una fiscalización que compruebe el adecuado funcionamiento del programa de Buenas Prácticas de Manufactura implementado por cada empresa. Según estimaron desde Caena, esto asegurará de una forma más eficiente la inocuidad de los productos elaborados por la industria.
“Estamos esperanzados en que la implementación de estos cambios establecidos en las nuevas reglas de juego, permitirá contar con procesos regulatorios dinámicos y adaptados a las necesidades de nuestra industria” concluyó el titular de Caena.
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