Un decreto de Milei que limitaba el derecho a huelga fue suspendido por la Justicia Laboral

Servicios
Redes Sociales
03/06/2025 | 06:19

Una jueza de primera instancia hizo lugar a una cautelar pedida por la CGT contra dos artículos del DNU 340/25 que obligaban a numerosas actividades a prestar servicios mínimos durante las medidas de fuerza.

Un controvertido decreto del presidente Javier Milei que limitaba el derecho a huelga fue frenado este lunes en la Justicia. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nro. 3 de Capital Federal suspendió de manera provisoria los artículos 2 y 3 del DNU 340/25, donde se estableció que el transporte, la educación y la salud, entre otras numerosas actividades, están obligados a prestar servicios mínimos durante las medidas de fuerza.

La jueza nacional Moira Fullana hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la CGT y frenó provisoriamente los efectos de esos dos artículos hasta tanto se dicte sentencia definitiva. La magistrada advirtió en su fallo que no hay motivos para que tal medida se instrumente a través de un DNU en momentos en que el Congreso está funcionando.

El derecho a huelga fue regulado por el Poder Ejecutivo de manera “camuflada†dentro del decreto 340, que en realidad es un Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional. Allí se declaró como “servicio esencial†a “la navegación por agua marítima y/o fluvial destinada al transporte comercial de personas, de mercaderías, de carga, servicios conexos y operaciones costa afueraâ€.

Sin embargo, en el artículo 3 se estableció que los servicios calificados como “esenciales†(salud, aeronáutica, transporte marítimo y fluvial, telecomunicaciones, servicios de agua potable, gas y energía eléctrica, servicios aduaneros y migratorios, y cuidado de menores, entre otros) deben garantizar, durante las protestas, el 75% de la prestación normal.

Asimismo, los servicios catalogados como “de importancia trascendental†(como producción de medicamentos e insumos hospitalarios, transporte terrestre y subterráneo, construcción, servicios bancarios, hoteleros y gastronómicos, servicios de radio y televisión, y distintas industrias) deben asegurar una cobertura del 50%.

La medida intentó reflotar el capítulo laboral del DNU 70/23, que también fue frenado por la Justicia tras una presentación de la CGT.

En el último caso, la central obrera pidió que se declare la invalidez constitucional de los artículos del decreto por violar “el principio republicano de división de poderes y el derecho y principio de libertad sindicalâ€.

En su escrito de 13 páginas, la jueza Fullana desestimó el intentó del Gobierno de mover la causa al fuero Contencioso Administrativo y, en línea con el dictamen del Ministerio Público Fiscal, defendió la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo. Acto seguido, cuestionó el dictado del DNU en lugar del tratamiento de una ley.

“El Congreso de la Nación Argentina se encuentra sesionando en forma ordinaria, extremo que impone al Estado Nacional una sólida y consistente argumentación en relación con la situación de emergencia que habilitaría la vía excepcional previo al tratamiento de la norma ante el Poder Legislativoâ€, explicó la jueza.

A su vez, sostuvo que la Corte Suprema de Justicia “reiteradamente sostuvo en su función de último intérprete de la Constitución Nacional que para el dictado de un Decreto de Necesidad y Urgencia se impone la configuración de una situación de grave perturbación económica, social o política, que represente el máximo peligro para el paísâ€.

Fullana también advirtió que “la norma cuestionada podría conculcar el ejercicio de los derechos derivados de la libertad sindical que gozan de la más amplia garantía legal y supralegalâ€. En ese sentido, reconoció tanto la tutela del artículo 14 bis de la Constitución Nacional como del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo y la Ley de Asociaciones Sindicales.

La CGT celebró la decisión de la Justicia Laboral de “hacer lugar a la medida cautelar presentada y ordenar provisoriamente la suspensión de los efectos del DNU que, sin dudas, pone de relieve esta nueva avanzada del Gobierno nacional a espaldas de los argentinosâ€.
Diputados ratificó el veto a la Ley de Financiamiento Educativo en 2024 (Prensa Diputados)
La ley de presupuesto universitario navega entre el veto, las elecciones y un “combo†de conflictos sociales

“Este logro de todo el movimiento obrero organizado está inscripto en la correcta estrategia judicial que viene desarrollando la CGT con el objetivo de no permitir el avance del Ejecutivo sobre los derechos conquistadosâ€, reafirmó la central obrera en un comunicado, y anunció que “seguirá dando las batallas que tenga que dar en pos de garantizar y salvaguardar los derechos de todos los trabajadoresâ€.
Fuente: Vía País

Volver arriba
Programa en el aire
0:00 a 6:00

MÚSICA SOFT

Un clásico de la radio

 
  • Maiz
  • Soja
  • Girasol
  • Trigo
Mercado Actual Anterior Var%
Rosario
Mercado Actual Anterior Var%
Rosario 2655
Mercado Actual Anterior Var%
Rosario 1725
Mercado Actual Anterior Var%
Rosario

Sorteo del dia: 05/06/2025

  • La primera
  • Matutina
  • Vespertina
  • Nocturna
  • 6076
  • 2450
  • 4425
  • 9519
  • 5424
  • 1688
  • 2686
  • 2504
  • 0709
  • 2383
  • 1753
  • 5587

RADIO CORDIAL99.7 Mhz · 9 de Julio 1311 · CP 3722 · Tel: 03731 - 460986 / 460989 · Cel: 3731 - 433624 · Las Breñas - Chaco - Argentina
Copyright © 2010 . Radio Cordial. - Resolución: 1024x768 pixeles.