La secretaria general de la Presidencia se presentó ante la Justicia luego de que trascendiera que hay una serie de comunicaciones que la involucran. Prohibieron temporalmente que se den a conocer.
El Gobierno nacional denunció ante la Justicia Federal una operación de inteligencia ilegal por la filtración de audios en los que se escucha a la secretaria general de la presidencia, Karina Milei, en conversaciones dentro de la Casa Rosada y solicitó que se prohíba la difusión de ese contenido.
La denuncia recayó en el juez Federal en lo Civil y Comercial N° 5 de la Ciudad de Buenos Aires, Alejandro Patricio Maraniello, quien hizo lugar al pedido y dictó una medida cautelar que impide la publicación de esos audios.
El magistrado aclaró que la restricción es provisoria, excepcional, y de alcance limitado, y libró un oficio al ENACOM para que comunique su resolución a todos los medios, que incluyen los tradicionales, más portales y streamings.
“Se grabaron conversaciones privadas de Karina Milei y otros funcionarios, las que fueron manipuladas y difundidas para condicionar al Poder Ejecutivo”, expresó el portavoz presidencial, Manuel Adorni, en redes sociales. Y agregó: “No fue una filtración. Fue un ataque ilegal, planificado y dirigido”.
Los audios fueron difundidos por el canal de streaming “Carnaval” y en principio se trataron de comentarios de Karina Milei en reuniones de trabajo dentro de la Casa de Gobierno que no implican ni suponen la comisión de algún delito. Cabe aclarar que no tienen ninguna vinculación con la causa del extitular de ANDIS, Diego Spagnuolo.
La demanda había sido presentada por Karina Milei el viernes, luego que los periodistas Jorge Rial y Mauro Federico anunciaran en los programas que encabezan en “Carnaval” que cuentan con una serie de audios que la involucran y que serían puestos al aire en partes.
La intención de los periodistas es dosificar ese contenido en los días previos a la próxima elección en la provincia de Buenos Aires.
En la resolución que firmó Maraniello, señaló que Karina Milei fundamentó el pedido ante “la posibilidad cierta de que el mencionado contenido sea difundido por medios masivos de comunicación y/o a través de medios web con el objetivo de dañarla, así como también a su familia y con posibilidad de afectar la función que cumple y las actividades del Gobierno nacional”.
Siempre de acuerdo a lo firmado por el juez, en su solicitud, Karina Milei sostuvo “que existen fundadas sospechas que, de tratarse de un audio real, el mismo fue obtenido ilegalmente dentro de la Casa de Gobierno de la Nación, generando un hecho sin precedentes en la historia nacional”.
En la explicación de su fallo, Maraniello reconoce el derecho a la “libertad de prensa” de los medios periodísticos, pero aclara que debido a las consecuencias que podría traer el caso no otorgar la medida cautelar puede significar un perjuicio mayor al de la suspensión temporal de la difusión.
“Es necesario equilibrar la debida protección de la libertad de prensa y la prohibición de la censura previa —elementos fundamentales para el mantenimiento del sistema republicano y el bien jurídico tutelado que es la democracia— frente a las graves consecuencias que la difusión de información por cualquier medio podría tener sobre las posibles investigaciones en curso”, indicó el magistrado.
Por ende, “en este contexto, y aunque la tutela anticipada prevista en el código procesal no puede ser solicitada únicamente para obstaculizar resoluciones de otros tribunales es evidente que, en el presente caso, la no admisión de la medida cautelar solicitada podría acarrear consecuencias más perjudiciales para la sociedad en su conjunto que la restricción temporal de la información”, fundamentó Maraniello.
Asimismo, el juez precisó que solo se refiere a los audios grabados en Casa de Gobierno y que involucren a Karina Milei.
“Lo expuesto no importa convalidar la figura de la censura previa, en tanto la medida bajo análisis se circunscribe únicamente a una restricción de carácter provisorio y excepcional al ejercicio de la libertad de prensa”, remarcó el juez.
Marianello señaló que “dicha limitación encuentra sustento en la especial sensibilidad de los intereses estatales comprometidos”, al tiempo que precisó que está “limitada” en el tiempo.
La decisión del juez desató una serie de cuestionamientos sobre la “libertad de expresión” y sus alcances.
El constitucionalista, Diego Armesto, aseguró que la medida cautelar otorgada por Marianello “pone en jaque la libertad de expresión, mediante una interpretación forzada de la jurisprudencia y la omisión de la regla del texto constitucional”.
“Deja en claro, que la misma es un condicionamiento a la libertad de expresión. La libertad de expresión, es la libertad de las libertades, decía John Stuart Mill y, resulta importante comprender que estamos frente a un personaje público -que es además funcionario público- por lo tanto no podemos limitar, añadió el especialista.
Armesto enfatizó que “la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”.
Por su parte, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, señaló que por el hecho se denunció a “personas ligadas a servicios de inteligencia rusos” y sugirió que también podría haber “incidencia de Venezuela”.
Fuente: Cadena3
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